Faltas de asistencia

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1. Cuando un alumno o alumna oficial supere el número máximo de faltas de asistencia establecido por la normativa vigente (40%), perderá su derecho a reserva de plaza en el curso que corresponda. En este caso, si desea continuar las enseñanzas de idiomas de forma presencial, deberá concurrir al proceso de admisión como alumnado de nuevo ingreso.

2. La pérdida del derecho a plaza se hará constar mediante la oportuna diligencia en el expediente académico. No obstante, en ese curso académico, el alumno o alumna mantendrá su derecho a ser evaluado conforme esté establecido, y a presentarse a la prueba de certificación en caso de ser un curso conducente a titulación oficial.

ORDEN ECD/1777/2019, de 11 de diciembre, por la que se regula la evaluación y la obtención de los certificados de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial que se imparten en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por lo tanto hemos de proceder a realizar CONTROL DE FALTAS DE ASISTENCIA:

120 horas de clase:

  • Total días lectivos: 53 días lectivos
  • 40% de lo días: 21 días lectivos

JUSTIFICACIÓN DE FALTAS

Solamente si has faltado 22 días o más.

1. 15 de mayo: Publicación de listas de clase con el recuento total de ausencias.
2. 18 al 25 de mayo: Entrega de documentación que justifique las ausencias al profesorado (entregar en conserjería junto con el formulario que se sencuentra a continuación en PDF).