Cuando un alumno/a haya agotado el límite de permanencia en la modalidad presencial podrá SOLICITAR LA AMPLIACIÓN DE UN AÑO MÁS en el idioma que esté cursando por causa suficientemente justificada (enfermedad o causa sobrevenida de análoga justificación) que impida el normal desarrollo de sus estudios.
Se podrá realizar UNA ÚNICA VEZ POR CADA IDIOMA Y NIVEL y se concederá para el curso académico siguiente al de haber agotado el límite de permanencia.
ORDEN ECD/1777/2019, de 11 de diciembre, por la que se regula la evaluación y la obtención de los certificados de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial que se imparten en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
